ORDENA .SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que fuera impuesta en su oportunidad la joven IDENTIDAD OMITIDA acordándosele la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 Ejusdem, medida ésta que será cumplida por el lapso equivalente al remanente de la sanción privación que le falta por cumplir, se acuerda fijar audiencia de imposición de la presente decisión para el día lunes primero de diciembre del 2008 a las 9:30 am, notifíquese a las partes librese boleta de traslado.