...PRIMERO: Durante los primeros tres (03) meses, el padre, no custodio, podrá buscar a su hija IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de la madre, cada quince días, los días Domingos, entre las 11:00 a.m., hasta las 5:00 p.m., pudiendo conducirla a la casa donde éste habita, o a cualquier otro lugar distinto dentro de la ciudad, acorde con la edad, desarrollo físico y psicológico de la niña. Asimismo se establece que cumplido el período establecido inicialmente para el presente Régimen de Convivencia Familiar, de naturaleza progresiva y provisional, deberá ser SUPERVISADO por el Equipo Multidisciplinario adscrito a este Circuito Judicial, cada tres meses, luego de iniciado el mismo, y con vista a las resultas del seguimiento del régimen de convivencia aquí fijado, en los meses siguientes, el padre compartirá con su hija dos sábados y dos domingos al mes SIN PERNOCTA, de forma alterna, es decir, la primera semana correspondería el día sábado, y la segunda semana correspondería el día domingo .....