DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos YASMÍN REBECA SOCORRO de ZABALA y LUIS ENRIQUE ZABALA MANZO, antes identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha treinta y uno (31) de mayo del año mil novecientos noventa (1990), ante el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda,, según consta de Acta Nº 156, Folio Nº 156, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por el Artículo 66 del Código Civil Venezolano durante el Año 1990.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, con inclusión de la copia de la presente decisión, p.....