ORDENA: No modificar ni sustituir la Medida de de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Impuesta al Joven IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo establecido en el literal "a" del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena. ASÍ SE DECIDE. Las partes estando presentes quedaron debidamente notificadas de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.