ley DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, se declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y ACCESORIA al ciudadano RICHARD WLADIMIR BAENA QUIROZ, de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 07-06-1991, titular de la cedula de identidad N° 22.348.891, estado civil Soltero, de oficio ayudante de obrero, residenciado en el Sector El Rodeo, Barrio El Carmen, casa S/N, hijo de MAYERLIN QUIROZ y RICHARD CARRASQUEL, quien fue condenado en fecha 09-08-2010 por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA INTENERANTE EN FUNCIONES DE CONTROL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, lo CONDENO por el Procedimiento especial de ADMISION DE LOS HECHOS, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Cont.....