DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano del ciudadano DOUGLAS ANTONIO MALDONADO HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-14.214.629 por la presunta comisión del delito Hurto con Fractura en grado de Frustración, previsto y sancionado en los artículos 455 ordinal 4° en concordancia con el 80 del Código Penal, en perjuicio de la Escuela Unidad Básica “Carmen Rosales Gómez”, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 4° en concordancia con el 110 en su primer aparte del Código Penal Venezolano, y a tal efecto se le ACUERDA SU LIBERTAD PLENA