Vista la decisión dictada en fecha 10 de Junio del año en curso, por el Juzgado Segundo de Ejecución de este mismo Circuito Judicial y sede, cursante a los folios 194 al 196 de las presentes actuaciones, mediante la cual DECLARO REDIMIDA LA PENA, que le fue impuesta al penado FREDDY JOSE GONZALEZ HERNANDEZ, en consecuencia, se acuerda practicar nuevo cómputo:
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Suprimido Tribunal Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda con sede en Los Teques, en fecha 30-05-1997, mediante la cual CONDENO al penado FREDDY JOSE GONZALEZ HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.461.398, venezolano, fecha de nacimiento 05-10-1958, de 44 años de edad, natural de Los Teques, Estado Miranda, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado Aquiles Nazca, Callejón Las Delicias, casa s/n, Los Teques, Estado Miranda, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑO.....