Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en aras de procurar la estabilidad del presente juicio, salvaguardar el derecho del debido proceso y no causar un estado de indefensión a la parte demandada, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de reclamo ejercido en fecha 25 de junio de 2019, por el abogado RAINER ROLLANS RODRÍGUEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.930, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.434, de este domicilio y civilmente hábil, contra el informe de experticia presentado en fecha 21 de junio de 2019, por el Ingeniero José Alfonso Murillo Oviedo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.533, Inscrito en el Colegio de Ingenieros bajo el N° 51.192, el cual riela del 68 al 83.
SEGUNDO: NULO el informe de la experticia complementaria del fallo, consignado en fecha 21 de ju.....