En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL INTERÉS, en la solicitud de DIVORCIO por los ciudadanos MARIELA DEL CARMEN RUIZ LOPEZ y RICARDO ERNESTO COLINA BRAVO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-11.040.454 y V-11.037.619, respectivamente , debidamente asistidos por el abogado LESBI DE JESUS UMBRIA GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-13.377.104, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°240.566 y recibida a través de la cuenta de correo electrónico de distribución civil.miranda@gmail.com en fecha 25 de enero de 2022.
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SEGUNDO: No hay pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de decisión.