...PRIMERO: Se califica como flagrante la aprehensión de las imputadas: 1.- FRANYELYS GLEIDIMAR MARÍN MORALES, Titular de la cédula de identidad número: V.- C.I. V.- 21.467.089; 2.- ROTCEH NATALY MORA GONZÁLEZ, Titular de la cédula de identidad número: V.- C.I. V.- 19.764.744; Y 3 .- ROXANGELA CARRILLO ROJAS, Titular de la cédula de identidad número: V.- C.I. V.- 18.538.436; de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 ejusdem; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal abreviado de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que se encuentran completas las actuaciones cursantes en el expediente.
TERCERO: Este Tribunal se acoge a la precalificación jurídica propuesta en es.....