declara la extinción de la pena principal de 16 años y 8 meses de prisión y de las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, impuestas al ciudadano GERMAN ANTONIO ECHANDIA PRADO, portador de la cédula de identidad nro. V-14.299.950, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, en fecha 26 de agosto de 2010, por la comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 374 del Código Penal, respectivamente.