PRIMERO: CONDENA al ciudadano -------------------------------------, venezolano, de 19 años de edad, nacido el 13-02-85, en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad N° 17.115.778, hijo de Juan Vicente Tineo y Gladis Josefina Rivodo de Tineo, de ocupación estudiante universitario de Mercadotecnia ubicado en Sabana Grande Distrito Capital, residenciado en Colinas de Santa Mónica, Ruta 2, casa N° 28 de bloques de color amarilla, rejas de color blanco, a cuatro casa de la casilla de vigilancia, Caracas Distrito Capital, teléfono: 0212-4156226; por la comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el Artículo 1° de la ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en agravio de la ciudadana Nelly Esperanza Becerra y lo SANCIONA a cumplir la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, consistentes en: 1.- Continuar con sus estudios universitarios, a tales efectos deberá consignar ante el tribunal de Ejecución correspondiente,.....