Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en los Artículos 532, 330.6 y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA a los ciudadanos JOSE MANUEL HUIZZI PEREZ, venezolano, natural de Caracas, nacido el 29/06/84, de 18 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.911.253, hijo de Petra Perez y José Huizi, residenciado en Caucagua, Sector Miami, Vereda Nro. 06, Casa Nro. 06, Municipio Acevedo del Estado Miranda y CARLOS EDUARDO BORGES MIJARES, venezolano, natural de Guatire, nacido el 19/11/1982, de 21 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad nro. 1.....