declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HAYDEE EBANGELISTA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.601.698, de las bienhechurías que se encuentra ubicada en el Sector Vuelta Larga, Matica Arriba, Calle EL Carmen, Callejón Cheo Hidalgo, escalera Alí Primera, frente a la cancha 6-A, y el módulo Barrio Adentro, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, la cual fue redactada por la abogada GINNET VERAMENDEZ, in.....