Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de república y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud interpuesta por el Defensor Público Penal, Dr. FRANCISCO CARLOMAGNO, a favor del acusado GUEVARA HERRERA CARLOS JOSE, en lo atinente a la Revisión de la Medida Privativa Preventiva de Libertad y RATIFICA la Medida Privativa Judicial de Libertad decretada por el Tribunal Quinto de Control de esta misma extensión y sede, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y ACUERDA: el traslado del acusado al Hospital Militar “Dr. Vicente Salías” en la ciudad de Caracas, a fin de que se le sea practicada Resonancia Magnética y demás evaluaciones requeridas pertinentes al caso, solicitadas en el informe suscrito por el Hospital General de los Valles del Tuy, Estado Miranda. .....