En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana: DULCE MARIA PELAEZ ROVAINA contra el ciudadano: CLAUDIO PEDRO CORREA CORTEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-6.520.536 y V.-10.699.827, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO