Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano GONZALEZ SIMON ACACIO, nacionalidad venezolano, natural de Los Teques Estado Miranda, mayor de edad, soltero, residenciado en el Sector el Cabotaje, Calle Ramón Vicente Tovar, Edificio Ayarit, Planta baja, Apto A, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad Nro.624.674, por la presunta comisión de uno de los delitos previsto y sancionado en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio a la sociedad de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 11 ejusdem, en consecuencia se acuerda su LIBERT.....