PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, representada por la Abogada ASTREED VEGA, en su carácter de Fiscal Decimoséptima (A) del Ministerio Público, contra el adolescente, (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA) ampliamente identificado; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y DETENTACIÓN DE MUNICIONES, previstos en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del ciudadano J J V y el Orden Público, respectivamente; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos a los efectos de un eventual juicio oral y reservado; DECLARÁNDOSE SIN LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO efectuada por la Defensa, por las razones expuestas en la parte motiva .....