...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos MARGERLY EMILIA GONZALEZ DE CEDEÑO y ELLERY JOSE CEDEÑO MADRID, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintinueve (29) de marzo de dos mil ocho (2008), ante el Registro Civil del Municipio Los Salias, estado Miranda, según consta de Acta Nº 48 del año 2008.