Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por los abogados en ejercicio FLOR DE MARÍA DÍAZ RÍOS y ELÍAS ANTONIO DÍAZ RÍOS, actuando en su carácter de apoderados judicial de los ciudadanos JUAN FACUNDO CUBAS QUIROGA y MICHAEL ANTONIO CHAMBRA GUTIÉRREZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 4 de marzo de 2022, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta en la oportunidad para contestar la demanda, y por consiguiente, se declara ex.....