VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 13 de agosto de 2018, motivo por el cual se CONFIRMA con distinta motiva la aludida decisión, y en consecuencia, se declara CONFESA a la parte demandada, y consecuentemente CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por los ciudadanos CELIALUISA FERRER DE THEIS, LARIZA MARÍA THEIS FERRER y GREGORIO WLADIMIR THEIS FERRER, en su carácter de herederos del causante GREGORIO JOSÉ THEIS LUGO contra la ciudadana EUGENIA MARÍA COROMOTO.....