...declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la abogada MARY SUÁREZ SANTANDER, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 440.705, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.281, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES ANDRÓMEDA 5, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 6 de abril de 1992, bajo el número 01, Tomo 8-A-Pro., y, el ciudadano MARCOS LOZADA MORENO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 280.826, en su carácter de aceptante y avalista, respectivamente, de la deuda cambiaria. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora las siguientes cantidades: 1) La cantidad de DOSCIENTOS CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 205.000,00), monto de la letra de cambio demandada. 2) Los intereses causados a la deuda a partir del.....