Se observa que le falta por cumplir del tiempo de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS, medida que culminará el día 03/03/2008.
En lo que respecta a las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, este Tribunal realizará el cómputo, una vez el sancionado consigna las constancias correspondientes.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.