....Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre las bienhechurias descritas en la solicitud y que se encuentran fomentadas sobre un lote de Terreno que se dice ser del Instituto Nacional de Tierras (INTi) ubicado en la Carretera Nacional, via Higuerote, Sector La Marturetera, Parroquia Capaya, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, con una superficie de Mil Doscientos Metros Cuadrados (1.200,00mts2), a favor la ciudadana JUSTINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.758.572, de este domicilio, ASI SE DECIDE. Se advierte expresamente que se dejan a salvo los derechos .....