Ordena abrir el juicio oral y público en contra del acusado ALIRIO QUINTERO MIRELES, titular de la cédula de identidad N° 13.929.588, de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació el 01/09/81, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil y taxista, residenciado en Tejerías, Sector El Béisbol, a dos cuadras de la parada de las camionetas Los Teques-Tejerías, casa s/n, color azul, Estado Aragua, hijo de LUIS ALIRIO QUINTERO RANGEL (V) y MORAIMA MIRELES (V), por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal y se ordena remitir la presente causa a la oficina de alguacilazgo, a los fines de su distribución a un Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal y sede.