Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a los ciudadanos RIVAS CARLOS JOSE y RIVAS FLORES ANDERSON JOSE, titulares de la Cédula de Identidad N°V- 4.770.156 y 17.774.792 respectivamente, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 de abril del año 2005. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.