DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recuso de Apelación interpuesto por el Profesional del derecho ERNESTO ROSALES ARELLANO, en su carácter de Defensor del imputado BELISARIO MOFRE JOSE ALBERTO; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 04 de febrero de 2006, por Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Barlovento, mediante la cual decreto la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: BELISARIO MOFRE JOSE ALBERTO, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3° y 4° del Código Penal, por considerar que están llenos los requisitos exigidos en el artículo 250 y 251 en su parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal.