Vista la solicitud de Justificativo de Testigos, los recaudos consignados y evacuadas las testimoniales presentadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS a favor de la ciudadana DIANA ISEED LIZCANO STAND, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.023.752, debidamente asistida por la profesional del derecho SULMIRA LUCERO ADRIAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 158.646, en consecuencia, este Juzgado ordena su devolución en original junto con sus resultas, constante de dieciocho (18) folios útiles. Cúmplase.