Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 12, 14, 15 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE TRANSACCION JUDICIAL, interpuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO GARABAN MOLINA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V 7.482.552y el litisconsorte activo Cooperativa la Revolución Económica, R.L, en la persona de su Presidenta, la ciudadana JUANA GREGORIA USECHE RANGEL, venezolana, mayor de edady titular de la Cedula de Identidad V-6.426.221, contra los ciudadanos JHONNY ALFREDO DELGADO ALVAREZ, y el litis consorte pasivo,IRMA RODRIGUEZ QUINTERO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N°V 14.456......