Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO DARWIN ALEJANDRO MARCANO GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad No 16.578.556, de profesión u oficio Estudiante, Hijo JUANA GUZMAN (VIVO) JESUS MARCANO (VIVO), residenciado Corosito Calle Cecilio Acosta Primera Trasversal, Casa S/N de color verde, al lado primera parada, vía Parosca ESTADO MIRANDA, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 277 del Código Penal Vigente. Pero se impone de las medidas cautelares de los 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, explicadas en texto de la motiva precedente. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la .....