...En el caso de autos observa este Juzgado, que no existen señalamiento claro y preciso del presunto hecho lesivo, asimismo no señala claramente cual situación jurídica ha sido supuestamente infringida y cómo pretende que se le sea restituida y siendo que el solicitante es quien debe señalar de manera clara y precisa su pretensión y adicionalmente a ello, se observa del encabezado del escrito presentado por la representación judicial de la querellante en fecha 13 de julio de 2001, que el mismo se encuentra dirigido a la Juez Superior Civil, creándose para quien aquí decide la incertidumbre de que Tribunal pretende realmente la parte accionada sustanciar la acción de Amparo Constitucional que da origen a las presentes actuaciones, todo lo cual constituye requisitos indispensables para que este Tribunal pueda pronunciarse efectivamente sobre su admisión, razón por la cual se INSTA a la accionante a que clarifique los puntos supra indicados dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguie.....