Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIO a la ciudadana MAYERLIN MERCADO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.253.346, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 31-12-1979, estado civil: Soltera, de profesión u oficio Del Hogar, residenciada en: Sector San José de Perijá, El Silencio, casa sin numero, Maracaibo, estado Zulia, de padres ADALBERTO MERCADO (F) y de NORIDA MARTINEZ DE MERCADO (V), por un tiempo igual a DIEZ MESES (10) MESES DIAS, conforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Pro.....