en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos MARÍA DEL VALLE DOS SANTOS DE CANALE y JESÚS MARÍA CANALE CABRERA, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda, y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-6.150.013 y V-5.453.407, respectivamente, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo que los unía