Primero: Parcialmente CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ISOLINA COROMOTO ARDILA RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante y debidamente asistida de Abogado, contra la sentencia dictada en fecha 27 de octubre de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declarara sin lugar la querella interdictal de amparo, la cual se declara NULA, por los motivos expresados en este fallo.