En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA CON LUGAR LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO a favor del ciudadano ROBERTO ANTONIO GONZALEZ HERRERA, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 6.014.993, natural de Maracaibo, Estado Zulia, donde nació en fecha 26-06-1959, edad 54 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en: Urbanización 27 de Febrero, bloque 49, piso 3, Apartamento Nº 03-03, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda. Teléfono: 0424-232-99-83, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÌSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer, vigen.....