DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA de Confinamiento, cuyo cumplimiento fue ordenado al ciudadano: INGEMAR EMILIO CASTILLO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 15.315.147, por este Juzgado, en fecha 16 de diciembre de 2005; razón por la cual, igualmente se DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del condenado, en la causa signada con la nomenclatura 1E1587-03, cursante por ante este órgano jurisdiccional, la cual atañe al delito de Robo Agravado en Grado de Frustración y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80 y 278 del Código Penal, y se acuerda su LIBERTAD PLENA; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 ordinal 1º del Código Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquense a las partes.