ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida al imputado: LEON JESUS ENRIQUE, de nacionalidad venezolana, natural de Río Chico, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la cuarta calle de Mariño, casa 8-A, San Agustín del Sur, caracas, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad V-6.169.856, por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto en el artículo 455 numeral 3º y 4º en relación con el artículo 80 todos del Código penal vigente para la fecha, en perjuicio de la ciudadana: MARIA ALICIA GUIA, todo ello conforme lo establece los artículos 108 NUMERAL 4º, 109 Y 110 del Código Penal, en relación con los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Las partes presentes en la audiencia quedaron notificadas de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal