Emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: Se acuerda la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana PERDOMO SANCHEZ KELLIN ANDREINA, en contra del ciudadano ROBERT JOSE VALLENILLA PERDOMO, por el delito de RETENCIÓN Y SUSTRACIÓN DE NIÑO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 272 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se declara con Lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA de los Dres. JESÚS GERARDO PEÑA ROLANDO y DR. JOSMAR LUIS DIAZ TOLEDO, Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público en su oportunidad procesal.