Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: Primero corregir los nombres de los ciudadanos ante mencionados, Segundo insertar el nombre de la madre que por omisión de datos no fue reflejada en el acta por parte del informante ante el Registro Civil del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda del Acta de Defunción N° 43, de fecha 23 de mayo de 2000, correspondiente al De cujus JOSE DE LA ASUNCIÓN GAMEZ MEZA, expedida por la Oficina de Registro Civil antes mencionada. Insértese la presente decisión en el libro respectivo y remítase adjunto con oficio, copias debidamente certificadas de esta decisión al Registrador Civil del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de dar cumplimiento a los artículos 81 y numeral 7 del 130 de la .....