-III-
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 el Código de Procedimiento Civil, INADMISIBLE la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoó la sociedad mercantil REPUESTOS JJ, C.A. contra la empresa INVERSIONES KERCH, ambas suficientemente identificadas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, veintinueve (29) de abril de 2024. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.-
LA JUEZA TITULAR,
ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA
MARÍA YAMILETTE DIAZ T.....