En este estado toma la palabra el Juez y expone: Oídas como fueron las partes Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescentes, garantizar, asimismo una tutela Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: Este Tribunal se acoge a la precalificación fiscal, como lo es el delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO Y DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en el los articulo 276 y 277 del Código Penal en relación con el articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos. Asimismo, decreta se siga el presente procedimiento por los trámites del Procedimiento Ordinario, en procura de una investigación expedita, y sana que nos lleve a una consecución pronta y con just.....