...Precisado lo anterior, aun cuando la defensora judicial de la demandada no participó en defensa de los derechos de su representada, como lo era velar por la adecuada ubicación y defensa de los intereses de ésta; toda vez que debió en dicha oportunidad hacer uso de medios telemáticos; es oportuno precisar que en fecha 21.06.2022, el abogado FRANCIS REYES, se hizo parte en el proceso, como apoderado judicial de los herederos conocidos de la De Cujus, ciudadana ROSA ELENA FRATEROL LIENDO, conforme a lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, el cual prevé: "La muerte de la parte desde que se haga constar en el expediente, suspenderá el curso de la causa mientras se cite a los herederos"; en el entendido que "causa" es utilizada en su aceptación del proceso, y cuya finalidad de la norma in comento es garantizar la sustitución de la parte fallecida, con la incorporación de quienes por ser los sucesores de los derechos litigiosos, con la declracaión del sentencia.....