Por todo lo antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley: REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal con funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, mediante la cual otorgó medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad a los investigados JOEL JOSE AVENDAÑO MEDINA, JULIO ANDRES SALAZAR, JOSE NOEL AVENDAÑO MEDINA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numerales 3 y 8, del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, en su lugar, se acuerda mantener la privación preventiva judicial de libertad de los investigados de autos, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo .....