DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES inscrito en el inpreabogado bajo el Nº. 15.764 contra la decisión de fecha 09 de julio de 2015 dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede con sede en la ciudad de Los Teques, de conformidad con lo establecido en el artìculo 131 de la ley Orgánica procesal del trabajo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.