DECISION.
Sobre la base de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Quinto de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ADMITE LA ACUSACIÓN presentada de carácter Fiscal en los términos siguientes:
PRIMERO: SE ADMITE LA ACUSACION del Ministerio Público en contra del ciudadano LUIS ALEJANDRO RUIZ, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana KEREN REBECA AMAYA MEDINA.
SEGUNDO: Se admiten los siguientes medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público y la Defensa, de conformidad con lo previsto en el numeral 9 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber:
TESTIMONIALES:
¿ Ciudadana KEREN REBECA AMAYA MEDINA,
¿ Funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda (I.A.P.E.M.)
o EDISSON RADA,
o WIL.....