emite el siguiente pronunciamiento: Decreta DE OFICIO el CESE de la medida de PRISION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial en fecha 10 de octubre de 2008, en contra del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en actas, sustituyéndola por una medida cautelar menos gravosa, de las establecidas en el artículo 582 Literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese boleta de egreso.