...por Autoridad de la Ley,
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE TRASLADO INTERPENAL realizada por la profesional del derecho DRA. MARÍA ELIZABETH CORREDOR PEREIRA, en representación del ciudadano VELÁZQUEZ PIÑANGO HENRY ALFREDO, titular de la cedula de identidad N° V-12.386.266; quien se encuentra recluido en el CENTRO PENINTENCIARIO REGIÓN CAPITAL RODEO III, UBICADO EN CIUDAD DE GUARENAS, ESTADO MIRANDA a la CASA DE REEDUCACIÓN Y TRABAJO ARTESANAL EL PARAISO LA PLANTA, UBICADA EN CARACAS, DISTRITO CAPITAL, a los fines de garantizar su integridad física, en virtud de que las condiciones de seguridad del Rodeo III han variado en mucho, haciéndose cada día mucho más difíciles para permanencia en dicho establecimiento carcelario, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 49 numeral 3 y 257 de.....