1.- Se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano SIERRA MORENO WILSON OMAR, venezolano, natural de San Cristóbal, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.023.509, nacido en fecha 01-12-1972, de 32 años de edad, de unión concubinaria, de oficio albañil, residenciado en la Hacienda las Margaritas, Vía Tucapé, frente del Hotel Paradaise Siwt, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.-Se acuerda la aplicación de Medidas de Seguridad a favor del ciudadano SIERRA MORENO WILSON OMAR, anteriormente identificado, de la prevista en el artículo 76, ordinal 5º, de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, consistente en someterse a orientación en la Asociación Civil Todos Unidos, por el lapso de seis meses, medida que se materializará en el Tribunal de Ejecución respectivo por conducto del órgano correspondiente.
3.- Se decreta el cese de las Medida.....