este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS De Cujus JOSE GUADALUPE HERNANDEZ SILVA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos GLADIS MARINA SUAREZ CASTRO, EDUARDO JOSE HERNANDEZ SUAREZ y EDWIN ORCAR HERNANDEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. V-6.196.857, V-14.688.900 y V-17.119.224.