Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con el contenido del artículo 641 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordena el traslado del adulto IDENTIFICACION OMITIDA, cédula de identidad No. XXXXXX, al Internado Judicial de Los Teques, ubicado en esta ciudad, donde permanecerá a la orden de este Tribunal de Ejecución, separado de los adultos condenados por la Legislación Penal, de conformidad con
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Queda este Tribunal encargado de controlar el cumplimiento de la medida impuesta al joven adulto, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten al mismo durante la ejecución de la medida impuesta, pudiendo revisar la misma par.....